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¿Qué implica la Ley del aborto aprobada en Argentina?

Con 38 votos a favor y 29 en contra, el Senado de la República Argentina legalizó uno de los proyectos abortistas más extremos y desmesurados que existen actualmente en el mundo impulsado por el propio ejecutivo nacional.

Se informa que se trata de salvar las vidas de mujeres que mueren en abortos clandestinos, y que cada persona es libre de elegir. Pero la realidad es muy diferente, este tipo de leyes acaban convirtiéndose en un método anticonceptivo más, con el terrible añadido que termina con la vida humana del no nato.

Pero en el caso de la Ley aprobada en Argentina hay numerosos motivos y razones que permiten clasificar a esta ley como una de los más desproporcionadas en comparación con los países occidentales que ya han legalizado previamente la práctica del aborto.

Estas razones se pueden agrupar en los siguientes puntos:

1.- El proyecto aprobado permite el aborto hasta las 14 semanas de gestación sin necesidad de invocar ninguna causal. A partir de ese plazo es posible solicitarlo por violación. Para acceder el aborto basta con hacer el pedido y que las mujeres mayores de 16 años firmen una declaración jurada.

2.-Permite a menores, a partir de los 13 años, abortar con la mera autorización de un “referente afectivo”.

Para las menores de los 13 años “la declaración jurada no será requerida” y entre los 13 y los 16 años se requerirá solo un “consentimiento informado” por escrito.

Marginan así todo accionar y/o consentimiento parental. Generalmente, “las leyes extranjeras – afirma Toller- no permiten que se practique el aborto a menores sin una previa autorización parental.”

3.- Fuerte restricción a la objeción de conciencia:

El ejercicio de esta libertad aunque posible puede conllevar en determinadas circunstancias un castigo con amenaza de cárcel y otras sanciones a todo aquel personal de salud que se niegue a llevar a cabo el procedimiento.

Este hecho no se repite en Europa ni en Estados Unidos donde la objeción de conciencia está ampliamente permitida y no se imponen castigos tan severos a los médicos.

Otro artículo del proyecto describe que el aborto se debe realizar en un plazo máximo de 10 días y el personal de salud debe “garantizar las condiciones mínimas y derechos” en la atención del aborto y el periodo postaborto.

4.- El proyecto de ley aprobado presenta una severa laguna legal al no expresar regulación alguna acerca del destino de cuerpos o tejidos de fetos luego del aborto.

Esto da lugar a la posibilidad de que estos puedan a llegar a comercializarse. Paralelamente en el resto de los países, no se permite bajo ningún término la comercialización.

5.- Las 14 semanas previstas (que simultáneamente en los demás países se limita el aborto hasta las 12 semanas) para someterse al procedimiento puede llegar a extenderse, incluso, hasta el noveno mes.

Lo hace bajo el amplio condicionante de la introducción de la causal de “salud integral”.

6.- Por último, elimina del Código Penal argentino la posibilidad de llevar ante la justicia a aquella persona (profesional o no) que practique un aborto a una mujer y la misma muera durante el procedimiento médico.

A partir del día de hoy el aborto seguido de muerte ya no es un delito en la Argentina garantizando la impunidad a aquellos que lleven a cabo prácticas que rocen la negligencia.

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