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Congreso colombiano podría prohibir totalmente el aborto según Procuradora

En un concepto de 12 páginas, la procuradora general de Colombia Margarita Cabello le dio a la Corte Constitucional su posición frente al aborto, en medio de una demanda que estudia el alto tribunal que pide despenalizar totalmente este procedimiento en el país.

Desde 2006, el aborto es permitido en Colombia bajo tres causales: malformación del feto incompatible con la vida, abuso sexual, o riesgo para la vida o salud de la madre.

Ya en 2020 el entonces procurador Fernando Carrillo había enviado al alto tribunal un concepto frente a esta demanda, en el que decía que se deben mantener las tres causales pero no despenalizar más allá de eso puesto que, consideró Carrillo, la regulación frente a este tema le corresponde al Congreso.

En ese mismo sentido va el concepto que ahora envió Margarita Cabello, quien le dice a los magistrados de la Corte Constitucional que en Colombia es al Legislativo al que le corresponde elaborar las normas sobre la política criminal del Estado.

Aunque esa es la posición principal de la Procuradora, su concepto va más allá, pues señala que el Congreso incluso podría prohibir totalmente el aborto. “Para el Ministerio Público, en virtud del valor constitucional de la vida de quien está por nacer, el Congreso de la República puede optar por penalizar, por regla general, el aborto sin que dicha determinación sea per se contraria al ordenamiento superior, máxime cuando se trata de una decisión eminentemente política reservada al poder que cuenta con legitimidad democrática para adoptar este tipo de medidas”, se lee en el documento.

Sobre el tema del control de constitucionalidad de la norma que está haciendo la Corte Constitucional para determinar si una prohibición general del aborto viola derechos que están en la Constitución, la procuradora Cabello consideró que ese control no es decidir si se despenaliza o no el aborto.

“Desde los inicios de la discusión de la conformidad del delito de aborto con la Carta Política, el control de constitucionalidad no se trata, como algunos pretenden, de discutir la penalización o despenalización del aborto, pues ello no corresponde a la Corte Constitucional sino al Legislador”, continúa el concepto.

Por último, señaló que en virtud de esa despenalización parcial del aborto que existe desde 2006, “las autoridades públicas tienen la obligación de adoptar las medidas conducentes para asegurar la prerrogativa de las mujeres de solicitar la interrupción voluntaria del embarazo ante la configuración de alguna de las causales de aborto despenalizadas”.

Por ello, le pidió a la Corte Constitucional declararse inhibida frente a la demanda que pide la despenalización total de esta práctica.

El documento de la procuradora Cabello señala dos conclusiones: primera, que es el Congreso el poder que debe definir hasta dónde llega la despenalización del aborto; y segunda, que en el país hay una realidad jurídica, la sentencia de la Corte del 2006, que despenalizó el aborto en tres situaciones y que debe ser acatada por todas las autoridades.

Cabello, la actual Procuradora, fue pieza fundamental de la Procuraduría de Alejandro Ordóñez, actual embajador de Colombia en la OEA y uno de los más rreos opositores al aborto y a la decisión de la Corte Constitucional de 2006 que despenalizó parcialmente esta conducta.

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